CRONOGRAMAS: El problema es cuestión de tiempo

Por Diego A. Aguilar 
23 de julio de 2021

El tiempo quizás sea uno de los recursos más valiosos y complejos en su gestión porque requiere de experiencia y conocimiento. Uno de los principales aspectos importantes asociados a la gestión de este recurso implica el entendimiento claro de lo que significa “el tiempo de trabajo real”, para estimar adecuadamente cuánto realmente se debe utilizar en una jornada laboral.

En 1935, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desarrolló el “Convenio sobre las cuarenta horas[1] donde se establece este lapso como la semana laboral. Naciones como Ecuador (puesto No. 89) y Noruega (puesto No. 1)[2] comparten una jornada laboral de 40 horas semanales con resultados diametralmente opuestos en sus niveles de desarrollo.

La normativa noruega incluye factores como el uso eficiente del tiempo considerando otros tipos de distribución en los contratos[3]. Ejemplo de ello es considerar que si se trabajan más de 5,5 horas seguidas tiene que haber un descanso de 30 minutos, enmarcado en los límites máximos legales de 9 horas por jornada diaria (con horas extra). 

Estas definiciones propician mejorar la calidad del trabajo y el ambiente laboral con efectos sobre la productividad de la masa laboral y el cumplimiento de planes con una correcta estimación del tiempo. Se asocian a la creencia de que la cantidad y la calidad del tiempo libre son importantes para el bienestar general del trabajador, por lo que el uso de tiempo libre en naciones como Noruega, se estima en el 65 % de la jornada diaria (es decir 15,6 horas).

El motivo de este análisis está asociado a una observación más profunda de la jornada laboral y de los factores que afectan su ejecución, eje central de la estimación de tiempos y cronogramas, para usarlo de manera más eficiente. En el modelo tradicional se estima la jornada laboral máxima como el tiempo efectivo de trabajo de manera errónea, dado que se han determinado que el tiempo efectivo para la realización de tareas puede duplicarse y hasta triplicarse debido a que se presentan tres tipos de tareas: i) tareas planeadas (de tres a seis horas), ii) tareas no planeadas (de una a tres horas) y fricción o desperdicio (de una a dos horas). Es decir, si un objetivo está estimado por ejemplo realizarse en 16 horas podría ejecutarse aproximadamente en un lapso de tres a 18 días en lugar de dos días como lo plantea el modelo tradicional. Este margen de tiempo dilata los cronogramas y representa un impacto económico a la hora de financiar este tiempo extra en las jornadas laborales, además de una serie de costos derivados de este efecto.

En mayo de 2018 se identificó, mediante un análisis estadístico realizado por el INEC a 864 empresas ecuatorianas de los sectores de manufactura, comercio y servicios, que para el cumplimiento de los objetivos planificados por estas organizaciones utilizan 89,63 horas[4] semanales. Esta información revela el nivel de eficiencia en el uso de los procesos generando costos empresariales y disminución en las condiciones de vida de los trabajadores. En este marco se determina que el Estado debe establecer políticas públicas (elementos de coordinación) orientadas al uso eficiente de los recursos y monitoreo de indicadores que permitan gestionar incentivos a los procesos productivos que mejoren sistémicamente las condiciones de vida de la población trabajadora.

En conclusión, las empresas y los responsables de la planificación de cronogramas deben realizar periódicamente controles que les permitan estimar de manera eficiente los recursos de los que disponen, de lo contrario se avizora un escenario difícil para un aparato productivo que trabaja mucho y trabaja desperdiciando toda oportunidad de ser eficientes, en un mundo en que los problemas son cuestión de tiempo.



[1]Organización Internacional del Trabajo. C047 - Convenio sobre las cuarenta horas, 1935 (núm. 47). Recuperado de: http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C047

[2]United Nations Development Programme. Human Development Report 2016.Recuperado de: http://hdr.undp.org/sites/default/files/2016_human_development_report.pdf

[3]Arbeidstilsynet. Contract of employment. Recuperado de: https://www.arbeidstilsynet.no/en/working-conditions/contract-of-employment/

[4]Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. Boletín Técnico IPT, IH e IR (Resultados Marzo No. 03 - 2018). Recuperado de: http://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Estadisticas_Economicas/IPT-IH-IR/2018/Marzo-2018/BOLETIN_TECNICO_IPT_IH_e_IR_2018_03.pdf

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